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martes, 31 de enero de 2012

LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA HAN CONTRIBUIDO POCO A MEJORAR LA ATENCIÓN A MUJERES EN RIESGO

JUSTICIA

«Los Juzgados de Violencia han contribuido poco a mejorar la atención a mujeres en riesgo»

La magistrada María Sanahuja inaugura un congreso en San Sebastián. En opinión de la jueza, la custodia compartida de los hijos debe ser un modelo preferente
27.05.11 - 02:37 -

 
«Lo importante es mantener a los menores lejos del conflicto. Lo que les destroza es hacerles partícipes de él permanentemente, plantearles contínuamente problemas de lealtades o amputarles su relación con una parte de la familia», manifestó ayer María Sanahuja, magistrada de la Audiencia de Barcelona, durante la conferencia inaugural del I Congreso Internacional sobre Divorcio y Separación que se celebra en el campus de Gipuzkoa de la UPV, en la que, además, críticó los Juzgados de Violencia contra la Mujer.
Sanahuja rehusó toda entrevista con los medios de comunicación, en tanto el Consejo General de Poder Judicial no se pronuncie sobre los expedientes que tiene abiertos por sus declaraciones que no dejan indiferente a nadie.
En 2005, la juez fue denunciada ante el CGPJ por 34 asociaciones de mujeres, que pedían que fuera apartada «de todo procedimiento judicial establecido en litigios concernientes al Derecho de familia y matrimonio», por sus manifestaciones sobre las denuncias falsas detectadas en supuestos casos de maltrato. Esta queja fue archivada.
María Sanahuja analizó la problemática de la custodia compartida y señaló que su experiencia profesional y personal le llevaron hace años al convencimiento de que el régimen de convivencia compartida, el ejercicio de la responsabilidad parental conjunta debe ser preferente». Añadió asimismo que «los hijos deben seguir teniendo madre y padre, y familias materna y paterna, tras el cese del proyecto de vida en común de sus progenitores».
Sanahuja definió la custodia compartida como «el modo de relación que se establece tras la ruptura de una pareja con hijos, por voluntad de los progenitores, o determinada por la autoridad judicial en caso de que éstos no llegasen a un acuerdo, cuando ambos manifiestan su interés en seguir al cuidado de sus hijos».
Jurisdicción especializada
La magistrada cree «imprescindible» la creación de una jurisdicción especializada, de intervención rápida, con estabilidad de personal y que cuente con equipos psicosociales y puntos de encuentro, «de los que no se abuse, pues a ellos no les corresponde ni juzgar ni hacer ejecutar lo juzgado, sino sólo colaborar activamente con los tribunales, y estar en permanente contacto informático con éstos».
María Sanahuja precisó que esta es una demanda no atendida, «por que se ha preferido realizar grandes inversiones en otro tipo de juzgados, los de Violencia contra la Mujer, que son juzgados penales de familia, que corresponden a otra concepción de las relaciones entre sexos y familiares».
La jueza no escatimó críticas a estos órganos jurisdiccionales. Aseguró que se crearon «con nula planificación» y precisó que, además, generaron un «considerable caos en la organización judicial», toda vez que el modelo se inició con 14 juzgados exclusivos cuando en pocos años se tuvo que aumentar a más de un centenar, lo que, a su juicio, «ha incrementado en muchos casos la conflictividad y el sufrimiento que ya de por sí conlleva toda ruptura de la pareja, empeorando el trato hacia los menores que tienen la mala suerte de tener uno o los dos progenitores que anteponen sus propios intereses a los de sus hijos».
Denuncias por hechos nimios
Sin embargo, «lo peor», en opinión de María Sanahuja, es que los juzgados de Violencia «poco han contribuido a mejorar la atención a muchas mujeres en situación de riesgo grave por la violencia extrema a que las someten sus parejas, que mueren o son gravemente lesionadas sin que se hayan atrevido a denunciar». Afirma que «una denuncia sólo las puede colocar en una situación de riesgo mayor, ya que las solemos despachar con un papelito, con una orden de alejamiento en los escasos minutos que son atendidas por el caos que provoca la llegada de miles de denuncias por hechos nimios».
«Y mientras tanto, añade la magistrado, abandonamos a miles de menores y a sus madres, que tienen que ocuparse en solitario de sus hijos, pues muchos padres no cumplen sus obligaciones, toda vez que resulta costoso y difícil exigírselas ante un servicio público, el de la justicia de España, mal organizado y carente de los medios y la coordinación necesaria. La conclusión es que teníamos algunos problemas y ahora tenemos más».
María Sanahuja manifestó que, en su opinión, las reformas del Código Penal realizadas entre 2003 y 2004 han ampliado de tal manera el tipo penal que actualmente «todo puede ser un delito de ámbito familiar. Causar menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código o golpear o maltratar de obra sin causar lesión, o una amenaza o coacción leve, como coger de manera brusca de las manos a la pareja o decirle 'te vas a enterar' ha conducido a miles de hombres al calabozo y a prisión».

martes, 17 de enero de 2012

MARIA SANAHÚJA DENUNCIA QUE HAY MUCHOS HOMBRES EN LA CÁRCEL POR DECIR A SUS MUJERES "VETE A LA MIERDA"

Una jueza denuncia que ya hay españoles en la cárcel sólo por decir a sus mujeres: “Vete a la mierda”

Ya existen españoles con penas de seis meses de cárcel sólo por decir a sus mujeres “vete a la mierda”. Así lo revela la magistrada María Sanahuja, ex decana de los jueces de Barcelona. Sanahuja emplaza a los escépticos a que acudan a los juzgados de lo penal a comprobar ese dato y denuncia que en España se vulnera la presunción de inocencia de los varones.
Como viene siendo habitual cada vez que Sanahuja ofrece datos demoledores que ponen en entredicho las bondades de la ideología de género, las feministas han vuelto a arremeter contra ella y contrala generalidad de jueces que han recurrido algunos de los artículos de la polémica Ley de Igualdad y de Violencia de Género, impulsada por una ministra, Leire Pajín, con el mismo curriculum académico que Paquirrín. Es decir, ninguno.
Pajín ha respondido a la ex decana de los jueces barceloneses afirmando que las mujeres parten de una situación de desigualdad y que, por ese motivo, “no es igual el maltrato a un hombre que a una mujer”. Debe ser que la ministra encuadra a los varones españoles en una especie aún sin catalogar o simplemente que no se haya leido el artículo 14 de la Constitución Española, capítulo segundo – derechos y libertades, que señala: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra concidición o circustancia personal o social”.
Este principio constitucional colisiona sin embargo con los articulados de la Ley de Violencia de Género. Estos son algunos de los casos:
Art: 153.1:”El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ocheta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Art: 57.2: “Cuando un Juez que esté conociendo de un procedimiento civil tuviese la noticia de la posible comisión de un acto de volencia de género, que no haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal, ni a dictar una orden de protección, tras verificar que concurren los requisitos del párrafo tercero del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá inmediatamente citar a las partes a una comparecencia con el Ministerio Fiscal que se celebrará en las siguientes 24 horas a fin de que éste tome conocimiento de cuantos datos sean relevantes sobre los hechos acaecidos. Tras ella, el Fiscal, de manera inmediata, habrá de decidir si procede, en las 24 horas siguientes, a denunciar los actos de violencia de género o a solicitar orden de protección ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer que resulte competente”.
Art: 171.4: “El que DE MODO LEVE amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curantela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Art: 172.2: “El que DE MODO LEVE coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres año, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Por consiguiente, se deduce que tanto el Gobierno socialista como las feministas creen que la violencia doméstica sólo existe si es el hombre quien presuntamente agrede a su pareja, nunca al revés. En su forma de ver las cosas, los hombres nunca son los maltratados, aunque las estadísticas sostengan lo contrario.
Algunos jueces sensatos ya han advertido de que, con la citada ley, cualquier hombre podría ser condenado si al calor de una discusión se le escapa alguna expresión no apta para oidos tan castos como el de la ministra Pajín. Ellas en cambio sí tienen ‘barra libre’ para verter los insultos que quieran. En este sistema tan democrático, unas son más iguales que otros.
Envalentonadas por esta clara arbitrariedad legal, algunas feministas ya han declarado en medios como la cadena Ser que “habría que empezar a hablar de violencia psicológica a las claras e imponer penas”. Claro que matizando a continuación que “sólo cuando la sufran las mujeres”. Recuerde, lector, aquello de: “Vinieron por mi vecino y no me preocupé…. Hoy, sin embargo, vienen por mi”.